Corte absuelve a Carabinero de Chillán condenado por delitos informáticos por error en la tipificación del delito
El tribunal determinó que no hubo acceso ilícito, ya que el funcionario utilizó sus propias credenciales institucionales, por lo que anuló la condena de 541 días.
La Corte de Apelaciones de Chillán absolvió al excarabinero Rodrigo Valenzuela Carrasco, quien había sido condenado por el delito de acceso ilícito a sistemas informáticos con divulgación de información, tras acoger un recurso de nulidad presentado por la defensora penal pública María Daniela Carrasco.
El caso se remonta al 22 de noviembre de 2022, cuando Valenzuela, en ese entonces funcionario del Retén Bonilla de Chillán, ingresó a la plataforma institucional Sistema de Información Operativa y obtuvo antecedentes personales de un ciudadano, información que posteriormente envió mediante WhatsApp a un primo.
En junio pasado, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán lo había condenado a 541 días de presidio. La sentencia fue adoptada de manera dividida, con el voto en contra del juez Juan Pablo Lagos, quien sostuvo que los hechos acreditados no reunían los requisitos establecidos por la ley para configurar el delito imputado.
Esta interpretación fue posteriormente compartida por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Chillán al analizar el recurso presentado por la defensa.
El tribunal de alzada estableció que no existió una vulneración de los mecanismos de protección del sistema informático, debido a que el exfuncionario ingresó utilizando un computador institucional y su propio nombre de usuario y contraseña, credenciales que habían sido proporcionadas por Carabineros.
De acuerdo con la resolución, esta circunstancia impide configurar uno de los elementos exigidos para acreditar penalmente un acceso ilícito al sistema.
La Corte precisó que, aunque la conducta puede ser considerada grave y eventualmente sancionable en el ámbito administrativo o disciplinario, no constituye el delito por el cual había sido condenado.
Los magistrados añadieron que, al no configurarse previamente un acceso ilícito, la posterior entrega de los antecedentes a un tercero tampoco podía ser sancionada penalmente bajo la norma invocada por el Ministerio Público.
Por estas razones, la Corte acogió el recurso de nulidad, dictó sentencia de reemplazo y decretó la absolución definitiva del excarabinero Rodrigo Valenzuela Carrasco.